2 de Diciembre de 2004.  
 

    Periodo de Rebajas y Apertura de Festivos para el año 2005

Orden, de 18 de noviembre de 2004, por la que se establecen los domingos en que se autoriza la apertura de establecimientos comerciales y se fijan los períodos de rebajas durante el año 2005.

La Ley 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria, establece en su artículo 14.2 que los domingos y días festivos en los que los comercios podrán permanecer abiertos al público serán, como mínimo, de doce desde 2004, señalando en el mismo artículo en su apartado 3, que la determinación de los domingos o días festivos en que podrán permanecer abiertos al público los comercios en Cantabria, con los mínimos anuales antes señalados, corresponderá a la Consejería de Economía y Hacienda.

Estos doce días de apertura en festivos se corresponden con lo autorizados como mínimos por la legislación estatal, y que resulta de obligado cumplimiento para todas las Comunidades Autónomas, según se recoge en el Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios.

Actualmente, se encuentra tramitándose en las Cortes Generales un Proyecto de Ley de Horarios Comerciales que modifica el régimen establecido en el citado Real Decreto-Ley 6/2000, de forma que, manteniendo en doce el número mínimo de festivos de apertura autorizada, permite a las Comunidades Autónomas reducir este número a ocho en su respectivo territorio.

El Gobierno de Cantabria, en atención a las necesidades comerciales de nuestra región, ha hecho uso de esta posibilidad para reducir a ocho el número de festivos de apertura autorizada, mediante la propuesta de modificación de los artículos que regulan esta materia en la Ley 1/2002, del Comercio de Cantabria, que se ha incluido en el Proyecto de Ley de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2005, y cuya entrada en vigor, si bien está prevista para el día 1 de enero del 2005, en este punto se ha condicionando a la previa aprobación del Proyecto de Ley de Horarios Comerciales estatal.

Por ello, en la presente Orden se recogen doce domingos de apertura autorizada, tal y como establece la legislación actual, pero dividiéndolos en dos grupos, uno de ocho que serán los autorizados con carácter general y otro de cuatro con carácter transitorio, pues éstos últimos dejarán de estar autorizados cuando entre en vigor la modificación de la Ley del Comercio señalada.

Por último, y en aplicación del artículo 23.2 de la misma Ley, la presente Orden concreta los períodos en que podrá realizarse la venta en rebajas en Cantabria durante 2005.

En su virtud, consultadas las Cámaras Oficiales de Comercio, Organizaciones Empresariales y Sindicales del sector y Asociaciones de Consumidores,

DISPONGO

Primero: Durante el año 2005, los establecimientos comerciales radicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria podrán abrir al público, con carácter general, los domingos que se señalan a continuación:

 

2 de enero.

27 de marzo.

31 de julio.

14 de agosto.

30 de octubre.

4 de diciembre.

11 de diciembre.

18 de diciembre.

 

Segundo: La autorización para la apertura de establecimientos comerciales en las fechas señaladas en la presente Orden se entenderá limitada por lo que disponga la normativa vigente en otras materias y, particularmente, la laboral.

Tercero: A efectos de lo dispuesto en la presente Orden, se considerarán días festivos los incluidos en el calendario de fiestas laborales para 2005, tanto de carácter nacional y regional como local.

Cuarto: Para el año 2005, se establecen dos períodos de rebajas que se desarrollarán entre el 7 de enero y el 6 de abril, el primero de ellos, y entre el 1 de julio y el 30 de setiembre, el segundo.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Hasta la entrada en vigor de la reforma de la Ley 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria, actualmente en tramitación en el Parlamento de Cantabria, por la que se reduce el número de domingos y festivos de apertura autorizada, los establecimientos comerciales de Cantabria también podrán abrir al público durante el año 2005, los siguientes domingos: 28 de agosto, 18 de setiembre, 9 de octubre y 27 de noviembre.

Santander, 18 de noviembre de 2004.–El consejero de Economía y Hacienda, Ángel Agudo San Emeterio.

 

 
 

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